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En España tenemos una gran variedad de panes con muy diversas características sensoriales asociadas tanto a su composición como a su proceso de elaboración. Alta o baja hidratación, harinas de diferentes cereales, panes con largas fermentaciones, panes bregados, panes con masas madres de cultivo, panes con diferentes formas, tamaños, formatos, etcétera. incluso panes que tienen un reconocimiento de calidad europeo con Indicación Geográfica Protegida (Igp) como el pan de Cea, Alfacar, Pan de Cruz, y el pan Pagés.

Cuando hablamos de calidad buena o mala en el pan, siempre hay que tener en cuenta varios aspectos concretos, por un lado, diferenciar entre la calidad intrínseca o propia del producto y que se relaciona con las materias primas y el proceso de elaboración; y por otro lado, la denominada calidad extrínseca o las expectativas del cliente.

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El próximo 21 de abril se aplica e nuevo reglamento (UE) 2016/426 sobre los aparatos que queman combustibles gaseosos y que es de aplicación directa en toda la Unión Europea. Afecta a aparatos y equipos. Los ‘aparatos’ son “aquellos que queman combustibles gaseosos y se utilizan para cocción, refrigeración, acondicionamiento de aire, calefacción, producción de agua caliente, iluminación o lavado”. También quedan enmarcados en esta categoría los quemadores de aire insuflado y los cuerpos calefactores equipados con tales quemadores”. Los aparatos de gas que están destinados a ser utilizados, tanto en procesos industriales llevados a cabo en instalaciones industriales como en aeronaves y ferrocarriles, y los que utilizan con fines de investigación quedan fuera del alcance del reglamento.

Por su parte, los ‘equipos’ son los componentes de los aparatos. Se describen como “los dispositivos de seguridad, control o regulación y sus subconjuntos, destinados a ser incorporados en un aparato o a ser montados para constituir un aparato”.

Elevado nivel de protección de la salud y seguridad

El objetivo de esta regulación es “garantizar que los aparatos y equipos presentes en el mercado de la Unión Europea cumplan los requisitos que proporcionan un elevado nivel de protección de la salud y la seguridad de las personas, los animales domésticos y los bienes, y un uso racional de la energía”.

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Así será el nuevo pan integral en España

¿Es lo que compramos como integral realmente integral? Si revisa la composición de los productos (galletas, cereales, pan envasado) observará que no todo lo que lleva la palabra «integral» se elabora con harina integral.

De nuevo —como con el jamón york o los productos para fundir que se presentan estéticamente como quesos sin serlo— la ley permite frases engañosas. Por ejemplo: no es lo mismo «elaborado 100% con harina integral» que «elaborado con harina 100% integral»; en el segundo caso, el claim no promete ninguna cantidad mínima (como tampoco lo exige la ley) de esa harina. El asunto no es nuevo, el nutricionista Aitor Sánchez, autor del blog Mi dieta cojea, ya lo advertía en uno de sus artículos: «Tenemos en España una barra integral con un 0% de harina integral. Toda ella es refinada, pero luego le añaden salvado, y así le aumentan la fibra».

Esta ambigüedad tiene los días contados, pues el Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente (MAPAMA) prepara una nueva norma que hará que todo lo integral por fin lo sea y que nuestro paladar deba acostumbrarse a nuevos sabores.

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