El próximo 21 de abril se aplica e nuevo reglamento (UE) 2016/426 sobre los aparatos que queman combustibles gaseosos y que es de aplicación directa en toda la Unión Europea. Afecta a aparatos y equipos. Los ‘aparatos’ son “aquellos que queman combustibles gaseosos y se utilizan para cocción, refrigeración, acondicionamiento de aire, calefacción, producción de agua caliente, iluminación o lavado”. También quedan enmarcados en esta categoría los quemadores de aire insuflado y los cuerpos calefactores equipados con tales quemadores”. Los aparatos de gas que están destinados a ser utilizados, tanto en procesos industriales llevados a cabo en instalaciones industriales como en aeronaves y ferrocarriles, y los que utilizan con fines de investigación quedan fuera del alcance del reglamento.
Por su parte, los ‘equipos’ son los componentes de los aparatos. Se describen como “los dispositivos de seguridad, control o regulación y sus subconjuntos, destinados a ser incorporados en un aparato o a ser montados para constituir un aparato”.
Elevado nivel de protección de la salud y seguridad
El objetivo de esta regulación es “garantizar que los aparatos y equipos presentes en el mercado de la Unión Europea cumplan los requisitos que proporcionan un elevado nivel de protección de la salud y la seguridad de las personas, los animales domésticos y los bienes, y un uso racional de la energía”.
Marcado CE
Uno de los aspectos que quedan regulados en el nuevo reglamento es la colocación del marcado CE en aparatos y equipos. Este marcado es la conformidad de un producto con los requisitos aplicables de la legislación de la Unión Europea. El fabricante debe seguir los procedimientos adecuados de evaluación establecidos en el reglamento y que requieren la intervención de organismos de evaluación de la conformidad notificados por la Unión Europea.
Una vez obtenido el certificado de examen UE el fabricante podrá elaborar la ‘declaración UE de conformidad’ y colocar el marcado CE en el producto. Además, es obligatorio para él someterse a uno de los procedimientos establecidos para la evaluación de conformidad para verificar que continúa fabricando del mismo modo que constató en el ‘certificado UE de tipo’
Todos los productos a la venta a partir del 21 de abril del 2018 tienen que disponer de la nueva ‘certificación UE’ y, además, los representantes autorizados, importadores y distribuidores como agentes económicos están obligados a asegurarse de que los aparatos y equipos que comercializan lleven el marcado CE y cuentan con la ‘declaración UE de conformidad’ y los manuales de instalación e instrucciones, y advertencias de seguridad oportunas en el aparato y embalaje.
Estas instrucciones tienen que estar redactadas en una lengua comprensible para los consumidores y usuarios finales. También habrán de cerciorarse de que el fabricante haya seguido el correspondiente procedimiento de evaluación de la conformidad y haya elaborado la documentación técnica que se pueda presentar ante un requerimiento por parte de las autoridades.
Además, el distribuidor tiene que confirmar que el fabricante y el importador hayan respetado los requisitos establecidos para la identificación del producto con un número de tipo, lote o serie. También debe cerciorarse de que incluye el nombre del aparato, nombre comercial registrado o marca registrada del fabricante o importador, y la dirección postal de contacto.
Análisis de riesgos
La documentación técnica debe incluir un análisis y evaluación de riesgos que suelen ser mecánicos, eléctricos, de compatibilidad electromagnética o los derivados de las atmósferas explosivas (ATEX). También debe tener en cuenta no solo los usos previstos del aparato sino los usos razonablemente previsibles. Una vez definidos los riesgos deben ser eliminados o reducidos al mínimo informando a los usuario, en este último caso, y adoptando las medidas de protección necesarias.
El incumplimiento de la evaluación de riesgos puede llevar a que las autoridades nacionales de vigilancia del mercado insten a importadores y distribuidores a tomar las medidas oportunas si un aparato o equipo presenta un riesgo de seguridad o para la salud o seguridad.
(Fuente: Pan y Pizza)
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