A partir del 1 de julio los comerciantes deberán cobrar un precio por cada bolsa de plástico ligera que entreguen al consumidor, a excepción de las bolsas de plástico muy ligeras, de menos de 15 micras de espesor, necesarias por razones de higiene o que se suministran como envase primario para alimentos a granel.
El Real Decreto 293/2018, de 18 de mayo, incorpora al ordenamiento jurídico español la Directiva (UE) 2015/720 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 29 de abril de 2015, y tiene por objeto reducir el consumo de bolsas de plástico para prevenir y reducir los impactos adversos que producen en el medio ambiente los residuos que generan, con especial atención al daño ocasionado a los ecosistemas acuáticos, así como evitar la pérdida de recursos materiales y económicos que supone el abandono de las bolsas de plástico y su dispersión en el medio ambiente. Además, crea el Registro de Productores de Productos.
Quedan incluidas en el ámbito de aplicación de la norma todas las bolsas de plástico puestas en el mercado en el territorio del Estado, así como los residuos generados por dichas bolsas.
La citada Directiva europea establece que los Estados miembros han de adoptar medidas con el fin de reducir de forma sostenida, en su territorio, el consumo de bolsas de plástico ligeras. De entre las opciones que propone, la norma considera como más adecuadas las siguientes medidas:
- Desde el 1 de julio de 2018 se prohíbe su entrega gratuita a los consumidores en los puntos de venta. Desde esa fecha los comerciantes deben cobrar un precio por cada bolsa de plástico ligera que entreguen al consumidor, a excepción de las bolsas de plástico muy ligeras (de menos de 15 micras de espesor) que son necesarias por razones de higiene o que se suministran como envase primario para alimentos a granel.
- Desde el 1 de enero de 2021 se prohíbe la entrega, gratuita o no, a los consumidores, en los puntos de venta, de bolsas de plástico ligeras y muy ligeras no compostables. De esta forma, las bolsas compostables, cuyo tratamiento más adecuado es a través de procesos biológicos, se gestionarán conjuntamente con la fracción de biorresiduos presente en los residuos municipales, evitando así que se puedan mezclar con otros flujos de residuos como los de envases de plástico, ya que su mezcla podría dificultar el reciclado mecánico de los plásticos no compostables.