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La nueva legislación endurece las normas para utilizar la denominación «masa madre» y rebaja el azúcar

A partir de ahora el pan de cereales, el de centeno y el de masa madre, habituales en muchos hogares, serán considerados pan común. El integral deberá ser elaborado exclusivamente con harina sin refinar y todos llevarán menos sal. Además, se obliga a vender la barra o la hogaza en las 24 horas siguientes a que salga del horno. El comerciante puede saltarse esta prohibición “excepcionalmente”, siempre y cuando lo separe del resto de la mercancía. El Consejo de Ministros ha aprobado este viernes un real decreto que baja el IVA al 4% en todos los productos que entren en la definición de pan común y que endurece las normas para utilizar la denominación masa madre, que se reserva a una elaboración que limita el uso de levaduras industriales.

El pan integral será integral de verdad

La nueva normativa rebaja por tanto el impuesto a panes integrales, los de cereales distintos del trigo, los elaborados con salvado y los productos bajos en sal. Hasta ahora estos productos, a pesar de ser más saludables, tenían un IVA del 10%. También se contempla que en la elaboración del pan artesano debe primar el factor humano frente al mecánico. Esta nueva legislación sustituye a la que llevaba 34 años vigente y que no respondía a las nuevas tendencias de los consumidores. 

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